Días de descanso obligatorio y los conocidos “puentes" 2020

COLIMA, Col., 10 de enero de 2020.- De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el Capítulo III del artículo 74, da a conocer  para este 2020 los días de descanso obligatorio y los conocidos “puentes”, siendo los siguientes:
Enero: Miércoles 1 (Año Nuevo) y primer día de descanso oficial de 2020.




Febrero: El primer lunes de febrero (3 de febrero), en conmemoración del Aniversario de la Constitución Mexicana (5 de febrero).

Marzo: Natalicio de Benito Juárez, su descanso obligatorio se recorre al tercer lunes (16 de marzo) del mes para tener tres días de descanso consecutivos.

Mayo: Día del Trabajo. Se conmemora el viernes 1.

Septiembre: Aniversario de la Independencia de México. Se conmemora el Miércoles 16.

Noviembre: Descanso obligatorio el lunes 16 por el 110 aniversario de Revolución Mexicana; su conmemoración es el 20 de noviembre.

Diciembre: El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; Navidad. Último día de descanso obligatorio del año, viernes 25.

Y finalmente, el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.


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